En las causas contra aforados la Sala de admisión del Tribunal Supremo es quien acuerda la apertura del procedimiento y designa al magistrado instructor, pero es a éste último a quien le corresponde en realidad incoar el procedimiento de investigación según el tipo de delito, esto es, aperturando diligencias previas o sumario. En la causa catalana Pablo Llarena no ha dicho ni una cosa ni la contraria
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