Diez años después de la que fue una de las huelgas más problemáticas de controladores aéreos en España, el último de sus juicios, el de Madrid, ha comenzado este 15 de enero. La Ley penal y procesal en materia de navegación aérea de 1964 (209/1964) que establece en su sección primera que "serán castigados con la pena de prisión menor, como reos de sedición, (...) los miembros de la tripulación de aeronaves o empleados de aeropuertos que, en número suficiente para perturbar el servicio, abandonen colectivamente sus funciones en la aeronave...".
|
etiquetas: sedición , controladores , aéreos , huelga , aeropuerto