Diego López Garrido es catedrático de Derecho Constitucional. Si su opinión tiene valor en este momento es porque fue, en 1995, el artífice del redactado del delito de rebelión en el Código Penal y el autor de una enmienda que establecía explícitamente que para que hubiera rebelión debía haber violencia. "Cuando transcurre la cuarta parte de la condena, se puede acceder a los beneficios penitenciarios. Quienes hayan sido condenados a 10 años y lleven ya cumplidos 2 y medio en prisión provisional, pueden solicitar ya los permisos".
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