La atribución del nombre en Portugal obedece a reglas muy estrictas y solo pueden ser atribuidos a ciudadanos portugueses los nombres propios que figuran en una lista onomástica. El de Lhuzie ha sido ahora añadido a esta lista, pero ha sido necesario una petición especial y una sustentación jurídica para convencer a los servicios de Registros y Notariado de que existe y no conlleva ningún perjuicio al portador por poder tener connotaciones negativas.
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