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Un juzgado fuerza el ingreso en prisión de un joven condenado por las protestas de Can Vies (cat)

Nada hacía pensar que J.C.M. acabaría entre rejas, atendiendo al criterio general de la justicia en estos casos: las penas inferiores a dos años de prisión no son de obligado cumplimiento si no constan antecedentes. Francisco Seseña, juez titular del juzgado de lo penal número 15 de Barcelona, ha hecho una peculiar interpretación de la norma y considera que la existencia de una pena-multa previa contra el acusado en territorio francés -dictada por un juzgado de Lyon- es suficiente argumento para encarcelarlo. El abogado del joven había pedido l

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