En un acuerdo, el organismo arbitral argumenta su decisión de no acceder a lo solicitado alegando que la petición de Vox se encuentra "fuera del alcance de la Junta Electoral Central" ya que, según el artículo 20.5 de la Constitución, el "secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información" sólo podrá adoptarse "en virtud de resolución judicial." Video:
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