El hallazgo de un animal doméstico muerto o herido, exige siempre la realización de actuaciones administrativas y/o judiciales por parte de las administraciones y autoridades competentes, entre ellas: la identificación del mismo, el inicio de las correspondientes diligencias y si fuera necesario, acudir al lugar del hallazgo con el veterinario adscrito al Ayuntamiento, servicio municipal o Seprona.
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