Empadronar a personas marginadas que habiten en chabolas, caravanas, cuevas e incluso padezcan la ausencia total de techo no es solo legal en estas vísperas electorales, sino que salvaguarda el derecho al voto de estos ciudadanos, aunque en el padrón figure como domicilio la dirección del departamento de Asuntos Sociales del gobierno de turno.
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