Los servicios jurídicos del Gobierno Vasco defienden la proporcionalidad de la medida ya que toda restricción de derechos debe de ser necesaria y adecuada para proteger un derecho superior como el derecho a la vida y a la protección de la salud. Justifica que la medida sea para toda la comunidad autónoma cuando la tasa de incidencia supere los 150 casos por la alta movilidad social y la reducida superficie territorial de Euskadi.
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