El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña ha hecho pública una sentencia por la que prohíbe a la empresa Gas Natural emitir facturas para su cobro de consumos de energía eléctrica correspondientes a periodos anteriores a un año. Según lo que se recoge en el texto, el tribunal considera que “la facturación de energía por periodos anteriores a un año es abusiva y por tanto ilícita en la medida que es contraria a la reciprocidad y la buena fe”. Se resuelve así la demanda colectiva presentada por la Fiscalía Provincial de A Coruña
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