El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha estimado la cuestión de inconstitucionalidad formulada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV y, ha declarado inconstitucional y nulo el art. 4.2.d) de la Norma Foral de las J.G. de Gipuzkoa 13/2012, que eliminó la exención del pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para “la Iglesia Católica y las iglesias y confesiones y comunidades religiosas que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado español”
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