La sentencia considera que el Tribunal Supremo no debería haber realizado nueva valoración de los hechos, incluyendo la agravante de discriminación ideológica para aumentar la condena sin haber oído antes a los acusados. La sentencia valora que se han podido vulnerar los derechos de audiencia a los acusados, publicidad y el principio de inmediación, al aumentar la condena y , en consecuencia, propone que el Tribunal Supremo célebre un nuevo juicio en el que escuche que es lo que tienen que decir los autores del,asalto.
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