De esta forma, se castigará a quien "maltrate injustificadamente cualquier animal que no viva en estado salvaje, causándole lesiones que menoscaen gravamente su salud o sometiéndole a explotación sexual" con la pena de 3 meses y un día a 1 año de cárcel e inhabilitación especial de 1 año y un día a 3 años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y la tenencia de animales".
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