La encargada de producción de una empresa ha sido condenada como consecuencia de un delito de acoso sexual. La acusada aprovechó su cargo y se dirigió a la víctima en términos como ¡Vaya culo que tienes! tocándole el trasero, lamiéndole la cara, bajándole los pantalones o tocándole los genitales por fuera.El perjudicado recurrió para que se condenase a la acusada por un delito de acoso laboral.La Sección Tercera entiende que no está probado este extremo y decidió rebajar la cuantía diaria de la multa, que inicialmente era de 10€ diarios a seis.
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