La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha estimado el derecho al olvido a un hombre que atropelló a un huelguista con su camión en el año 2011. La Agencia considera que las informaciones publicadas en varios medios de comunicación son incorrectas por incompletas ya que existe un sobreseimiento libre y el archivo de la causa.
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