Se adaptada de este modo la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la UE del pasado 20 de septiembre. En esencia, el TS estima que la falta de transparencia en la contratación de este tipo de productos hipotecarios ha terminado generando en los clientes un gran perjuicio y se ha hecho "en contra de las exigencias de la buena fe" al entender que los clientes nunca fueron conscientes de los graves riesgos que entrañaba la contratación de este préstamo.
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