El Comité reconoce que en situaciones de estado de emergencia pueden restringirse algunos derechos para proteger la salud pública.Pero recuerda que esas restricciones deben ser proporcionales, mínimas y limitadas en el tiempo. Y recuerda que la pandemia tiene impactos en la salud, la educación, económicos, sociales y en el ocio de los niños y niñas, y que los Estados deben velar por que las medidas que se tomen tienen que tener en cuenta el interés superior del menor.
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