Si como comenta ha procedido a reclamar judicialmente la anulación por abusiva de la cláusula limitativa del tipo de interés cláusula suelo y por ende la devolución de las cantidades cobradas de más por la aplicación de dicha cláusula, usted puede cancelar la misma mediante la contratación de otro préstamo hipotecario con otra entidad. Esto en realidad no sería una subrogación como comenta, sino una cancelación del préstamo hipotecario mediante la suscripción de otro con otra entidad. En este caso, usted no pierde el derecho a la devolución...
|
etiquetas: clausulas , suelo