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Catalunya: Investidura y división de poderes - Javier Pérez Royo

Obviamente, el candidato sigue privado de la libertad deambulatoria, es decir, sigue en prisión provisional en los términos fijados por el juez instructor. Pero no solamente no se le puede impedir acudir a la sesión de investidura, sino que el juez instructor tiene la obligación de asegurarse de que va a poder asistir. No puede hacer nada más que ir a la sesión de investidura y volver a prisión una vez acabada. Pero eso no se le puede impedir.

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