La Sección Segunda de la Sala de lo Penal expresó en la sentencia que los tuits y las expresiones publicadas por Luis Solorzano no implicaban la elaboración de un verdadero discurso, sino "una mera protesta abrupta, a modo de grito", sin que pudiera hablarse de "incitación, si quiera indirecta, al odio, a la violencia o al terrorismo"
|
etiquetas: terrorismo , enaltecimiento , tuitero