La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que los servidores públicos que tienen cuentas en redes sociales en las que difunden sus actividades oficiales no pueden bloquear a los ciudadanos que usan esas plataformas para emitir comentarios o críticas severas a su actuar. El proyecto avalado establece que el derecho a la información debe prevalecer sobre el derecho a la intimidad alegado por Winckler pues el bloqueo que realizó implicó una restricción indebida al derecho de información del periodista.
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