En el caso de los servicios de financiación pública en el campo de la sanidad, la asistencia social, la educación o el agua, los gobiernos de la UE no tienen obligación de abrir sus mercados ni de dar a las empresas o personas de fuera de la UE el mismo trato que a las de dentro. Es más, los gobiernos pueden: Favorecer a las empresas europeas frente a las extranjeras. Impedir que las empresas extranjeras presten o inviertan en estos servicios. Revocar cualquier decisión previa que autorizara a empresas extranjeras a prestar o invertir en un