Cultura y divulgación
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Los repartidores de GLOVO son trabajadores por cuenta ajena (y no necesitan una regulación especial)

La controversia sobre la calificación jurídica de los repartidores de plataformas ha sido finalmente resuelta por la STS, Pleno (y sin votos particulares), 25 de septiembre 2020 (rec. 4746/2019). Son trabajadores por cuenta ajena. Lo que ratifica el criterio que se ha mantenido en suplicación de forma generalizada hasta la fecha:

| etiquetas: derecho , laboral , empleo
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