En el Estatuto de los Trabajadores en su articulo 53 punto 2 se establece lo siguiente: Artículo 53: Forma y efectos de la extinción por causas objetivas. Durante el período de preaviso el trabajador, o su representante legal si se trata de un disminuido que lo tuviera, tendrá derecho, sin pérdida de su retribución, a una licencia de seis horas semanales con el fin de buscar nuevo empleo. Este permiso solo se produce si existe un preaviso que actualmente esta estipulado es de 15 días y se produce un despido objetivo.
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