Son elegibles los españoles mayores de edad, que poseyendo la cualidad de elector, no se encuentren incursos en alguna de las siguientes causas de inelegibilidad recogidas en la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General. En el caso de las Elecciones al Parlamento Europeo, -y siempre que reúnan los requisitos exigidos por la ley para los españoles y no hayan sido desposeídos del derecho de sufragio pasivo en su Estado de origen-, son también elegibles las personas residentes en España que, sin haber obtenido la nacionalidad española,…
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