A partir del siglo XVII se abrió un debate entre juristas para discutir el régimen legal de los mares. Algunos defendían la doctrina del mare clausum, por la que los Estados podían tomar posesión de los mares de la misma forma que de la tierra, y restringir su acceso. En respuesta, el jurista neerlandés Hugo Grocio formuló la doctrina del mare liberum, que defendía la libertad de navegación a través de los océanos, que estarían únicamente sujetos a la llamada ley de las naciones, lo que hoy se conoce como derecho internacional.
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