(..) Para el Tribunal Superior, conforme a lo establecido en la Ordenanza Reguladora de la utilización del euskera, "la regla general es la rotulación de edificios, calles y espacios públicos en castellano y en euskera y la excepción, que ha de ser objeto de interpretación restrictiva como toda excepción a la regla general, la rotulación monolingüe, bien en euskera bien en castellano".