La norma, copiada y pegada por error de una ley preconstitucional, fue aprobada en julio de 2015 y entrará en vigor en los próximos meses entre la estupefacción de los afectados. Concretamente, la modificación del Código Civil, aprobada en julio de 2015, que entra en vigor en unos meses, recoge que: “Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se exigirá por el secretario judicial, notario, encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente, dictamen médico