El procesado, notoriamente afectado por la ingesta de alcohol, se sentó en una silla, sacó su pene por la bragueta del pantalón y lo introdujo en la boca de la pequeña. Frente a tal calificación, en la que la acusación pública incluye la agravante de reincidencia, la defensa del encausado califica los hechos como un delito de exhibicionismo--con la agravante de reincidencia y atenuante de embriaguez--, al mantener que su patrocinado se sacó el miembro viril pero no llegó a introducirlo en la boca de la niña, y por ello solicita una multa