En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la sala sostiene que la trabajadora prestó sus servicios durante más de 20 años para esta editorial de forma exclusiva, retribuida e incluida en el ámbito de la organización empresarial. La demandante, según explica, realizó su trabajo con las mismas pautas y sujeción a plazos de entrega. La nulidad del despido conlleva la readmisión inmediata de la trabajadora, con el abono de los salarios dejados de percibir desde el día siguiente al del despido a razón de 167,54 euros brutos