OJO: leer completo que es complejo. El TSJ País Vasco ha estimado en parte el recurso de la Abogacía del Estado que, acogiendo parcialmente su impugnación frente al Plan de Normalización del Uso del Euskera de la D.F. de Gipuzkoa, anuló su art. 9.3, relativo a las subvenciones, por vulnerar el principio de cooficialidad de euskera y castellano. De este modo, al compartir algunos de los argumentos de la Administración estatal, la Sala añade a la nulidad de este precepto la de los arts. 5, 8, 11 y 13, por infringir ese mismo principio.