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Aviso a navegantes: si inviertes en bitcoin estás obligado a declararlo [104]

  1. #69 en cierto modo es como dices. Las criptomonedas no son monedas de verdad. Es decir, no están reconocidas oficialmente. Así que su tipo de cambio no es oficial.

    Teniendo en cuenta esto, tú solo estás haciendo trueques. Al final, al vender la última, es cuando declararías.

    Y quizás sea hasta mejor. Porque si declaras cada operación con ganancias, y en la última inviertes en un pufo y te quedas sin nada, al no ser oficial, es como si te lo gastas en putas. Lo mismo no piedes declarar la pérdida.

    Es solo una interpretación, pero no incumples ninguna Ley. Al vender en Euros, o en cualquier moneda con tipo de cambio oficial (reconocida por el FMI o el BCE), el resultado fiscal no cambia mucho.

    Solo puede afectarte si al hacerlo así cambias de tramo porcentual. Afortunadamente, los tramos solo aumentan hacia arriba. Así que no pieden acusarte de ahorrarte pasta por ganar más. Al venderlo todo, pagas por todas las ganancias sucesivas.
  1. #66 como quieras. El caso es que a final de año constará que has tenido unos ingresos netos. Esos son los que has de declarar.

    Si al cambiar las criptomonedas, ganas dinero unas veces, y pierdes otras, lo que cuenta es cómo estás a final de año.

    Hasta 2012, en actividades como el juego, debías rendir cuentas por cada operación con ganancia. Las de pérdidas no restaban. Afortunadamente ahora se tienen en cuenta todas, ganancias y pérdidas, durante un año. Si en los casinos te retienen por las ganancias, tú puedes aportar datos de tus pérdidas en la Declaración de la Renta, y podría salirte a devolver (por haber pagado de más en esas retenciones).

    Y sí, cuando cambias unas criptomonedas por otras, y dado que eres fiscalmente español, debes sacar, cada vez, su contravalor en Euros, para conocer tu ganancia o pérdida.

    Si estás cambiando criptomonedas opacas, al final de la corrida el resultado acabará en Euros en tu banco. Deberás aportar la cantidad inicial (justificante) y se restará del ingreso final (creo que los gastos y comisiones también podrías restarlos).

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