#110 Tienes un pequeño error, y es que si los beneficios se quedan en la empresa, es cierto que van al 30% ... pero luego para repartir beneficios tributas otro tanto 30% ... es decir, un 60% aprox, o si no el dinero esta en la empresa (no en la cuenta del gerente, socio fundador o como quieras llamarlo).
#67 teniendo en cuenta que la responsabilidad es solidaria y hay 10 imputados ... es muy probable que alguno tenga bienes a su nombre, y si no ahora, en un futuro a través de una herencia, ergo esa indemnización se pagará casi seguro.
#1 Te equivocas, la bandera republicana es anticonstitucional (la bandera según la constitución es roja amarilla y roja), mientras que la del aguila de san juan, es preconstitucional (no es anti, porque respeta el color, y nada dice la CE78 acerca del escudo).
Además, la bandera rojigualda es la bandera de España durante mas de 300 años, mientras que la de la mancha morada (que para mas inri representa a Castilla), no estuvo mas de 10 años vigente.
#50 Si, lo se perfectamente por donde se lo pasan, y mas ahora con las nuevas incursiones en justicia, como que cobrar una prestacion de forma fraudulenta sera delito tipificado en el codigo penal, o la imposibilidad de la tutela judicial efectiva (Derecho fundamental) al incluir las tasas judiciales. La unica via que tiene el ciudadanos es la iniciativa legislativa popular y esta no sirve para nada, ya que al llegar al congreso la desestiman. Gran dilema la verdad, la unica opcion es la fuerza.
#47 NO, los intereses de los bancos tampoco son exigibles mediante derecho fundamental. Hablando de los derechos fundamentales, los articulos 15 a 29 SOLO pueden ser reformador por la via del Referendum (entre los que se encuentran sanidad, pensiones y educacion), pero con la ultima reforma de la Constitucion, en la cual se daba prioridad al pago de la deuda, ante cualquier otro gasto, estaban indirectamente tocando esos derechos fundamentales, sin referendum, ya que hicieron la reforma por mediante Ley Organica. No te creas que soy el defensor de los bancos, los odio mas que nadie de aqui seguramente, unicamente queria explicar algo que no todo el mundo entiende dada mi profesion de jurista.
#25 La vivienda no es un derecho fundamental, ya que no esta recogida en el seccion primera del capitulo segundo del titulo primera, y los derechos fundamentales son 100% exigibles ante el Estado, comprendiendo los capitulos 15 a 29 de la CE. La vivienda (Art 47) se considera un principio rector de la economia, y el estado debe INTENTAR hacerlo accesible, pero EN NINGUN MOMENTO ES EXIGIBLE al no ser un derecho fundamental.