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carrugui

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Sentencia pionera: una jueza prohíbe a un hombre acercarse a su hija para prevenir la violencia vicaria [199]

  1. #176 Entiendo tu postura y me parece loable. Para mí es una figura indispensable y lo que hay que hacer es perfeccionar el método para reducir al mínimo los posibles fallos, así como castigar fuertemente los casos detectados de falsas denuncias, pero no se puede prescindir. Tenemos opiniones distintas pero respeto totalmente la tuya.
  1. #144 Está muy bien, solo te diría que no le digas que esa situación está a punto de acabar, dile que ya ha acabado. La denuncia es lo primero, sin esperar ni un solo día más, ya se encargará la policía de hacer su trabajo y de investigar. Por descontado, el Juez dictará orden de alejamiento instantánea, lo que prima es la seguridad de la niña y no puede estar ni un segundo más en compañía de su presunto agresor. Te repito, no hay pruebas físicas y no existe ningún plan para conseguirlas; obviamente no puedes exponer a la niña para conseguir esas pruebas, no creo que te refirieras a eso. Solo existirá su declaración, que para que sirva como única prueba de cargo, deberá cumplir tres criterios:
    1. Ausencia de incredibilidad, basada en las propias características físicas o psicoorgánicas de la víctima y en la inexistencia de móviles espurios como un posible motivo impulsor de sus declaraciones.
    2. Verosimilitud del testimonio, basada en la lógica de la declaración en sí misma y en el apoyo suplementario de datos objetivos, como informes periciales.
    3. Persistencia en la incriminación, que supone ausencia de modificaciones esenciales en las sucesivas declaraciones prestadas por la víctima, sin contradecirse ni desdecirse, manteniendo el relato una conexión lógica entre sus diferentes partes, y en la concreción en la declaración, que ha de hacerse sin ambigüedades, generalidades o vaguedades.

    El Juez será el que decidirá si los criterios se cumplen o no. Por desgracia, muchas veces las víctimas no son creídas por quién recibe la develación de los hechos, o son puestas en duda. No se ha de "apretar" a la víctima para medir la veracidad de su declaración. Para eso están los psicólogos, que ya tienen sus técnicas. En las victimas que no han recibido el apoyo esperado al develar los abusos, por no ser creídas o por no realizar acciones contra el agresor, aumentan los sentimientos de miedo, culpa y vergüenza, ante la familia y ante el entorno social, siendo habitual que se retracten de sus acusaciones.
  1. #137 Mezclas cosas, una cosa es la interposición de la denuncia, que puede hacer la policía de oficio siempre y cuando haya testigos, y otra es el juicio oral.
  1. #129 Te voy a poner un ejemplo. Imagina que tienes una hija de 7 años. Es una niña muy feliz y extrovertida, muy buena estudiante. Te divorcias. Tu expareja se echa nuevo novio. Al poco tiempo tu hija empieza a estar triste, no quiere socializar y empieza a suspender asignaturas. Le notas cortes en partes de su cuerpo, fruto de autolesiones. Cuando te toca tenerla contigo, no quiere volver con su madre. Tu no sabes qué le pasa y le preguntas. No te dice nada, hasta que al cabo de varios meses te dice que la nueva pareja de su madre, cuando esta se va a trabajar, se mete en su cama y le obliga a masturbarle y a hacerle sexo oral. No ha dicho nada antes por miedo, ya que le amenaza con hacer daño a su madre si cuenta algo. No hay pruebas físicas, ni testigos, solo su palabra. ¿Qué hacemos? Hablo de un hombre porque en el 100% de los casos que estudié (más de 400) el agresor era hombre.
  1. #67 No tiene nada que ver con el género ni con el sexo ni con ninguna ley en concreto, es doctrina jurisprudencial, aplicable a cualquier acusado o acusada y a cualquier víctima, independientemente de su sexo. No supone inversión de carga probatoria en absoluto, por eso la declaración requiere unas características especiales. La otra opción es que delitos de suma gravedad queden impunes. Que se puede colar una denuncia falsa, pues si, fallos siempre pueden haber, como en cualquier ámbito.
  1. #49 Claro, los fallos judiciales existen y existirán.
  1. #46 Se aplica sobretodo en casos de abusos sexuales infantiles intrafamiliares y maltrato, son delitos que por sus características quedarían impunes si no fuese como digo. De todas formas la declaración ha de cumplir una serie de requisitos, hay muchas absoluciones también. Yo he hecho hace muy poco un estudio sobre sentencias de ASI intrafamiliar y el 95% de las sentencias se basan únicamente en la declaración de la víctima, siempre cumpliendo los requisitos.
  1. #43 No lo digo yo, lo dice nuestra justicia. Y yo estoy de acuerdo. Hay mucha gente que cree que hacen falta pruebas físicas o testigos para condenar a alguien, y no. Toda esa gente que se escuda en eso para cometer sus delitos, deben saber que en cualquier momento les puede caer todo el peso de la ley, solo con que la víctima venza su miedo a denunciar.
  1. #21 La declaración de la víctima puede servir como única prueba de cargo, siempre que cumpla una serie de requisitos. Y esto ha de ser así, si no, por ejemplo, la inmensa mayoría de abusos sexuales a menores quedarían impunes, porque son delitos que no dejan pruebas ni testigos, en la gran mayoría de los casos. Lo mismo en casos de maltrato.

Windybeth, la prima de Juan Guaidó 'influencer' y cantante detenida por el crimen de Chiloeches [65]

  1. #61 Tampoco es así como dices. Pueden acogerse a la dispensa de no declarar, pero si declaran han de decir la verdad. La única persona que puede mentir sin consecuencias es el acusado.
  1. #35 Es lo que dice el Código Penal en su artículo 454:
    Están exentos de las penas impuestas a los encubridores los que lo sean de su cónyuge o de persona a quien se hallen ligados de forma estable por análoga relación de afectividad, de sus ascendientes, descendientes, hermanos, por naturaleza, por adopción, o afines en los mismos grados, con la sola excepción de los encubridores que se hallen comprendidos en el supuesto del número 1.º del artículo 451.
    Habrá que ver qué tipo de encubrimiento ha sido.
  1. #7 Pues seguramente no irá porque le acusan de encubrimiento, y si es pareja del autor material estaría exenta de pena.

Detenido por robar más de cien teléfonos móviles a turistas [18]

  1. #11 Se me había escapado...
  1. Si se sustraen al descuido no es robo.

Ana Redondo pide a los jueces que no concedan regímenes de visita a los padres denunciados por violencia de género [35]

  1. Lo de este miércoles en el Prat no fue un asesinato vicario.

El fiscal pide 4 años a un acusado de robar dos solomillos [11]

  1. #5 De hecho el robo hurto de los solomillos, al ser menor de 400 euros, solo acarrea multa.

Casi la mitad de las víctimas de violencia sexual en España son menores y así son sus agresores [15]

  1. #7 Si quieres algún dato más, el 20,6% de las víctimas tenían menos de 12 años, edad media 8,5, y el 80% de los victimarios en esa franja de edad eran familiares o conocidos de la familia.

    #9 Los hechos esclarecidos contemplan:

    · Detención del autor "in fraganti".

    · Identificación plena del autor, o alguno de los autores, sin necesidad de que esté detenido, aunque se encuentre en situación de libertad provisional, huido o muerto.

    · Cuando exista una confesión verificada, pruebas sólidas o cuando haya una combinación de ambos elementos.

    · Cuando la investigación revele que, en realidad, no hubo infracción.

Ingresa en prisión un mosso acusado de una segunda agresión sexual y pornografía infantil [22]

  1. #2 Estaba suspendido de empleo y sueldo.

Carla Galeote la lía con el vídeo que ha grabado de su vecino masturbándose y acaba con la policía en casa [369]

  1. #265 Hay que tener en cuenta que cuando hablamos de delito siempre nos referimos al Código Penal. Me refiero a delito en términos legales, no coloquiales. El CP no especifica cuántas veces se ha de repetir el acto. El TS entiende que la reiteración de acciones debe proyectarse en un doble aspecto: debe ser repetitivo en el momento en que se inicia y también debe ser reiterativo en el tiempo. Es decir, no pueden tratarse de hechos esporádicos al principio y deben repetirse diversas secuencias en distintos tiempos.
    Además, la conducta no tiene que ser puramente “insistente y reiterada”, sino que debe existir una estrategia sistemática de persecución. Es decir, debe existir algún tipo de correlación entre los determinados actos a través de la cual sea posible vincular esas acciones y así concretar un delito de acoso, que modifique la vida de la víctima. No hablamos de hechos que causen incomodidad a una persona, hablamos de un temor racional que limita su libertad de obrar fundado en esos hechos. La víctima sufre una sensación de angustia continua producida por ese acoso. En el caso de que no limite la libertad de obrar de la víctima, no será considerado acoso.
    El delito sería uno, no varios.
    A tu tercera pregunta, si, el delito de acoso es un caso.
  1. #147 Es que aunque estuviera mirando hacia ella no sería acoso. Se requiere insistencia y reiteración para que lo sea. Otra cosa es que lo haga varias veces, pero una sola vez no sería acoso.

Los clientes de mujeres prostituidas se enfrentarán a cuatro años de cárcel [84]

  1. Pues imagina que detienen a un proxeneta y en su teléfono hay conversaciones con algunos clientes del tipo: "oye tengo mercancía nueva, se resiste y necesito clientes que la domen". Como no sea algo así, será la típica ley que no se podrá aplicar, al menos en ese aspecto, si lo que pretenden es penar a los clientes en general.

Carla Galeote la lía con el vídeo que ha grabado de su vecino masturbándose y acaba con la policía en casa [369]

  1. #42 Ah ok, pero eso no es lo que piensa la policía, es lo que dice ella. Ya me extrañaba.
  1. #40 Para ver lo que dice el Código Penal no es recomendable ir a las noticias, lo mejor es ir directamente a la Ley. Generalmente los diarios de cada 10 términos legales que nombran, fallan en 9.
  1. #35 La Ley del solo si es si no ha modificado nada en ese aspecto. No era delito antes ni lo es ahora, salvo que se haga ante menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección.
  1. #22 Pregunto porque no lo veo, ¿dónde pone lo que pensaba la policía?
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