#14 No tiene mucho que ver con el caso pero es un gran ejemplo de lo que pasa cuando una empresa "tipical spanish" se enfrenta a la realidad legal, que cuando quiere aplicar dicha legalidad porque le conviene se crea problemas legales mucho peores.
#7 La sentencia obliga a la empresa a pagarle los salarios de tramitación y a o darle una indemnización por improcedente o readmitirla en un puesto similar... es casi un despido nulo.
#4 Esto... los delegados de empresa no se nombran, se eligen mediante elecciones sindicales.
Quien se presenta candidato a delegado sindical goza de un año de especial protección contra el despido, independientemente de si es elegido o no. Las elecciones se realizaron el 8/8/22 y el despido el 21/4/23, dentro de ese año de especial protección. Debido a que la inclusión de la trabajadora en el comité de empresa se produjo por la baja de varios de sus miembros, deduzco que esta trabajadora se había presentado candidata no siendo elegida en un primero momento.
La empresa simplemente hizo un despido chapucero y el articulo directamente miente en varios puntos:
-El primero y más evidente es que "fue nombrada delegada", cómo ya he dicho ese cargo no es de libre nombramiento si de elección entre los trabajadores de la empresa.
-El segundo es que la empresa no conocía la condición de delegada. Lo cual por un lado es irrelevante, ya que la trabajadora gozaba igualmente de una protección análoga al haberse presentado a las elecciones sindicales; y por otra parte lo que alega la empresa es que no le fue notificado, pero, según la fuente original, la empresa no solamente si tenía conocimiento de esto si no que además la toma efectiva de dicho cargo es independiente de la fecha de notificación a la empresa: en el momento que el miembro del comité deja de ser un trabajador de la empresa, automáticamente ella se convierte en delegada de empresa.
-Tercero, todos los despidos deben ser comunicados previamente al comité de empresa, no sólo los de los propios miembros del comité.
-Y por último, se guarda de decir que no está probado el robo, precisamente por eso surge toda esta historia. Un trabajador acusado de una infracción, más si esta es motivo de despido, tiene derecho a defenderse. En este caso la empresa le ha negado dicho derecho a la trabajadora.
Aquí la publicación original que el propio artículo referencia:
#11 Estoy hasta los cojones del "disfrute de lo votado".
Estoy seguro que la mayoría de las veces que le decís eso a alguien, esa persona no ha votado por el gobierno del que se queja, y aunque así fuera, tiene todo el derecho y es lo más natural quejarse cuando el gobierno al que ha votado no cumple las expectativas.
No tiene ningún sentido echarle en cara a la gente lo que otros han votado cuando precisamente están mostrando, también a esos otros, porqué no se les debe volver a votar.
#47 Eso no es cierto, según el estatuto de los trabajadores "La cuantía a percibir por cada hora extraordinaria en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria "
Es decir, el estatuto establece que su precio es cómo mínimo el mismo que el de una hora normal, no estable ningún tipo de recargo. Luego en los convenios se puede establecer ese recargo, pero ni en todos ni mucho menos del 75% (en el mío no hay recargo alguno, valen lo mismo que una hora ordinaria de trabajo).
De hecho, en las negociaciones de la reducción de jornada se está pidiendo meter un recargo del 20% del precio de las horas extra en el estatuto, ya que los empresario pretenden que dicha reducción se anule con la realzación de horas extras.
#12 Yo es que no los distingo a penas. Mismas políticas medioambientales, mismas políticas sanitarias (lo de la objeción médica con el aborto es de traca), mismas políticas sociales (cero)... bueno si, los del PP además se dedican a prohibir conciertos cuando no les gusta el grupo: Sociedad Alkoholika, Banda Bassoti....
Me acabo de dar cuenta hasta que punto me desconecté el CB Murcia cuando lo compró el de los chís (si, el club ahora pertenece de facto a los meapilas neocatecúmenos) que no sólo me acabo de enterar que ha llegado a la final de la ACB si no también de que han cambiado el color del rojo de toda la vida al azul de la Universidad Católica.
Decimos del PSG o del City, pero lo del Murcia es un "Sport Washing" cómo una catedral.
#9 ¿Y los costes de materiales, amortización o energía dónde los metes? Porque si no hay producción no se gastan materiales, ni desaparece la maquinaría ni se consume electricidad.
Por supuesto que los costes fijos siguen contando (alquiler, parte fija de energía, seguros...), pero joder, si en un puesto de trabajo se fabrican, por ejemplo, lámparas, y un trabajador falta tres días, el metal y la madera no se esfuman ni la fresadora o la máquina que usen para darles forma desaparece y además tampoco consume energía.
#2 Pues díselo al medio de economía que ha sacado ese titular. En el video están haciendo lo mismo que tú y llevándolo al absurdo para demostrar la falacia.
#3 A mi el V si me gustó mucho, pero el VI, aunque lo intento, no hay manera. Gráficamente no me disgusta, a muchos les rechinó esa estética cartoon, pero a mi no me importó, es el balanceo lo que no me gusta.
El VI lo han balanceado claramente para que las partidas sean más cortas, pensando en el multiplayer supongo. Y lo entiendo, las partidas en el V (el IV no lo jugué nunca online) eran, literalmente, interminables, imposibles de terminar vaya.
Pero eso hace que no disfrute del single player igual que en otras entregas, las eras carecen de significado, no llegas a crearte un desarrollo nerrativo con las otras civilazaciones y al final se convierte en una carrera hacía el final.
Y lo peor es que poner el tempo alto sólo alarga la partida con más turnos, el problema está entre el equilibrio entre eras y producción.
#86 En ese caso no es el mismo puesto de trabajo, si no el mismo grupo profesional. Dentro del cual se establecen las categorías precisamente en base a si realiza el trabajo de forma autónoma y si requiere o no supervisión. Es decir, aunque realicen el mismo trabajo, el grado de responsabilidad sobre el mismo establece a categoría profesional (y por tanto el sueldo).