#236 Puede darse el caso de que una declaración jurada sea válida para mostrar al policía y decir que estás exento de portar mascarilla, si bien no es el caso de la lista del vídeo, lo que porta es de todo menos una declaración jurada. #95 Probablemente sea ese. Dudo que lo haya redactado algún abogado, la verdad. La protección al honor y a la intimidad se han de valorar de forma muy individualizada y, sobre todo en cuanto al derecho a la intimidad, se lo pueden pasar por el forro siempre que haya un interés superior que lo justifique. De ser así, no se podría realizar ningún tipo de actuación de investigación por parte de los FFCCSE.
#206 La información que das es correcta salvo insinuar que se puede producir una detención "en el momento en el cual te niegas a pagar una multa con una chorrada así". No pagar una multa, en España, no da lugar a la detención. Sí te pueden retener en caso de que no te identifiques, así, te llevarían al calabozo hasta que te filien, pero eso no sería una detención.
#195 No, hay hasta un máximo de 72 horas para ponerte a disposición judicial. Normalmente, depende de si es fin de semana, el trabajo que tenga el Juzgado o las ganas que tenga la Guardia Civil de estar con el detenido para poder hacerle preguntas y sacar algo de información "por detrás".
#154 Pues porque no tiene motivo alguno para proceder a su detención, simplemente le están "reteniendo" mientras redacta el boletín de denuncia. Las detenciones se producen cuando se ha cometido un delito.
#77 Es que ni eso, el documento no refleja ni su nombre ni su DNI. #10 Eso tampoco es una declaración jurada. Lo más básico de una declaración jurada es la información del compareciente y, por lo que dice el policia, no hay ningún tipo de información que indique que ese documento es de esa persona ser humano
#308 Sabiendo lo que es el habeas corpus? Por Dios, esa mujer no tiene ni puta idea de lo que es el habeas corpus. Es una barbaridad solicitar el habeas corpus cuando te están sancionando. El habeas corpus solo puede entrar en juego en casos de DETENCIÓN. Artículo 17.4 de la Constitución: "La ley regulará un procedimiento de «habeas corpus» para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional"
#158 Dudo que por el tema de la LOPD no se pueda consultar esa información. Una cosa es que el policía por amor al arte, pretenda conocer tu información médica, eso no pueden hacerlo. Si bien, en el marco de un expediente sancionador en vía administrativa, entiendo que hay justificación para, en caso de que el ciudadano no colabore, poder consultar si es cierto que por motivos médicos está exento del uso de mascarilla.
#53 Estoy practicamente seguro de que eso no lo ha hecho un abogado. El pan nuestro de cada día es hacer escritos y trabajar con documentación de todo tipo y, para cualquier abogado, es esencial reflejar la fecha, el lugar y los datos de identificación de la persona (nombre, dni y domicilio). Ningún abogado en su sano juicio obvia reflejar esa información en los escritos que haga para un cliente, ninguno. Por no decir que la firma siempre se hace "junto al texto", no en la parte trasera de la hoja en blanco.
#46 La tía es curiosa, cuanto menos. Ya no solo por haber esperado tanto tiempo para sacar el tema, ahora se hace la loca y a twitteado:
"I was really not expecting my tweets to get this much attention and I am trying to respond to people but I am also straight up exhausted. If you’ve reached out with support I am very very grateful."
WTF'?! Cómo cojones se esperaba que no pasase desapercibido algo así? Estás denunciando un acoso sexual diario por parte de un jugador de fútbol mundialmente conocido. A mi este rollo de hacerse la tonta no me cuela nada, mucho menos cuando no ha acudido a denunciar nada al Juzgado.
Edit: mobile.twitter.com/ItsmeskylerB/status/1284127668422578176
Aqui dice que le TOCABA LA ESPALDA A DOS MANOS tratando de justificar por qué tenía mala actitud en el trabajo y por qué faltaba tantos días a trabajar. No sé por qué pero parece que no le han hecho la carta de recomendación que buscaba o no han hablado muy bien de ella desde su antiguo trabajo. En resumen, parece que lo de Villa es una justificación a su mal trabajo.
#147 Si expone un asunto así públicamente, con la repercusión mediática que ello supone, dudo que no tenga asesoramiento de algún tipo. A parte, en caso de que sea cierto, venir con estas movidas, más de año y medio después, sin que conste que haya presentado denuncia o similar... raro.
#27 Ahí está la clave y lo que hace que todo huela raro. Como consecuencia de la declaración de 18 de mayo, muy posiblemente Pablo Iglesias hubiese pasado de ser "perjudicado" a ser "investigado", toda vez que daba a entender que la tarjeta funcionaba y, cuando Pablo Iglesias se la devolvió, ya no lo hacía. Dado el marrón que supondría, el día 25, por medio de escrito, manifestó que Pablo Iglesias le había entregado la tarjeta funcionando y, posteriormente, sin saber por qué, esta dejo de funcionar.
Es cierto que a veces no queda muy claro a que se refieren. He llegado incluso a leer que la tarjeta era una tarjeta SIM. No sé yo como andará ahora el tema de almacenamiento de las SIM (no se si se sigue midiendo en kb), pero no creo que quepan muchas fotos.
#21 Si, en eso estoy de acuerdo. En el caso en cuestión, todo el proceso ha sido raro, ya que se tramitó primero el despido y, con posterioridad, el expediente por acoso. Huele un poco a que se ha tratado de justificar dicho despido, a posteriori, con el supuesto acoso sexual.
Otra cosa que huele muy rara es lo de la supuesta tarjeta SIM, que primero se dice, declarando en sede judicial, que Pablo Iglesias la entregó estropeada para, posteriormente, cuando ven que Pablo Iglesias, en virtud de esas declaración podría pasar a tener la condición de investigado, remitir un escrito en el que se dice que Pablo Iglesias entregó la tarjeta SIM en buen estado pero que después "se estropeó". No sé que pensar...
A ver, yo creo que algunos lo entendéis al revés. Algo raro parece que hay. Despiden al abogado de Podemos que dice haber hallado indicios de financiación ilegal y, días después inician el expediente por acoso laboral, sin audiencia al supuesto agresor para que se pueda defender, algo contrario a lo dispuesto en la regulación del partido. Finalmente, parece que la denuncia por acoso no va a ningún lado. Muy bien no huele, la verdad. ¿Por qué Marta Flor querría denunciar a este abogado? ¿Por qué podemos inicia el expediente de acoso laboral sin darle la posibilidad de defenderse al abogado despedido?
#59 Exacto, el nivel de los dos personajes queda patente con su actuación. ¿Qué clase de activismo social es ese en el que no se lleva mascarilla en una situación de pandemia y, cuando te identifican, te niegas? Lo único que queda 100% claro de la noticia es que, como activistas sociales, son ridículos y poco bien hacen a la sociedad.
#49 Como decían, eso es una ley nacional, no autonómica o municipal. Las leyes autonómicas o municipales, sí pueden desarrollar lo recogido en las nacionales pero no pueden, bajo ningún concepto, limitar derechos fundamentales.
#23 Para nada, el que no la hayan tumbado no supone que "no tenga pinta de que haya ningún problema con ella". La mayor parte de las ocasiones, cuando hay artículos contrarios a la ley, siguen ahí hasta que alguien decide someterlos al arbitrio judicial. Normalmente, hasta que no despliegan sus efectos y afectan a personas concretas que deciden recurrir su aplicación, suelen mantenerse.
#34 La comparación que has hechos con los desahucios es un sinsentido. El ejemplo, más o menos similar, sería el expropiar una vivienda privada sin justa causa, no un desahucio por impago de un préstamo con garantía hipotecaria libremente consentido por las partes. La libertad ideológica y de expresión es un derecho fundamental consagrado en la constitución y, como dicen, una ley autonómica o municipal no puede limitarlo. ¿De verdad no véis el problema aqui? ¿Quién decide qué bandera sí y cuál no? ¿Qué pasa con las banderas comunistas?
#147 nunca valores un hecho susceptible de calficación penal en función de lo que solicite fiscalía. Tanto las leyes como los hechos son interpretables y la fiscalía, le pese a quien le pese, no es objetiva (aunque debiera serlo) y depende orgánicamente del fiscal general del estado elegido por políticos, ergo, en última instancia está politizada.
#31 Como dice #34 dentro de la propia Comunidad Autónoma. Es absurdo comunicarse con la Administración de, por ejemplo, León, en catalán. Más cuando existe la obligación de conocer el castellano. Las lenguas deben utilizarse para facilitar las cosas, no para complicarlas. Claro ejemplo es el juicio del proces y como todos los testigos han tenido que responder en castellano por estarse celebrando el juicio en Madrid.