#56 A ver...
1) 1 hombre conduce sin carnet un vehiculo
2) Hay un accidente con varios muertos
Quizas sea fallo suyo, o del coche, o de la carretera, o de lo que sea, pero si ese señor no esta habilitado para coger un vehiculo no debe coger un vehiculo. Y mas cuando se le ha retirado el carnet por conduccion temeraria.
#86Se aplica a prácticamente todos los presos en los primeros meses de la `prisión preventiva. Se basa en evitar que pueda dar la mínima información posible al exterior que entorpezca la investigación. Si no lo entendéis dejad de darle vueltas. No tiene nada de raro. <-- No te creo, ¿tienes alguna prueba, algún informe o algún estudio estadístico que afirme eso o te lo has sacado de la manga? Lo digo porque el procedimiento FIES-5 no es únicamente cortar las comunicaciones, es prácticamente aislar a la persona con todo contacto humano que no sea con un grupo de funcionarios. O no sabes de lo que hablas (aquí tienes un bonito enlace para que te informes: es.wikipedia.org/wiki/Régimen_F._I._E._S.) Pero te pego lo que pone la entrada en uno de sus párrafos para que entiendas por qué no se sostiene tu argumento:
FIES 5 CE (Características Especiales). En esta categoría se incluyen diversos tipos de interno: internos vinculados a la delincuencia común de tipo internacional; autores de delitos muy graves que hayan generado una importante alarma social; los reclusos pertenecientes o vinculados a grupos violentos de carácter racista o xenófobo; internos que, sin estar procesados o condenados por terrorismo islamista, destaquen por su fanatismo radical afín al ideario terrorista, y por liderar o integrar grupos de presión o captación en el Centro penitenciario; también aquellos internos condenados por el Tribunal Penal Internacional y los que colaboraron con la justicia contra bandas terroristas u otras organizaciones criminales. También se incluían en este fichero hasta el 2006 los internos del FIES 1 que evolucionaban favoralemente y los condenados por negarse a cumplir el Servicio Militar o la Prestación Social Sustitutoria.
Y continúo:
Algunas de las restricciones que se les aplican son las siguientes:
- Se ha de solicitar autorización a la Dirección del centro penitenciario en caso de requerir una consulta médica en el exterior. Si
#86 ¿Opinión personal? No, no tiene nada de opinión personal. Una de las reglas básicas de un estado de derecho es que no haya puntada sin hilo (por usar una expresión popular) y en este caso se han dado puntadas sin hilo. Ya no es solo el retraso en el informe policial es que además las pruebas tampoco acaban de tener la solidez necesaria.
Ejemplos de puntada sin hilo en este caso:
- La jueza defendió la prisión preventiva alegando “alarma social”, un precepto que no figura entre los motivos de prisión preventiva desde la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en 2003. Cuando el abogado de Alfon reclamó, la Audiencia Provincial cambió el concepto por “riesgo de fuga”.
- Se alegó presunta pertenencia a banda organizada y se ordenó que se aplicara a Alfon el régimen FIES -en el nivel 5- que se usa para vigilar a terroristas, narcotraficantes o miembros de bandas armadas y que incluye restringir sus actividades e intervenir sus comunicaciones.
Aunque no había informe policial, ni escrito ni pruebas que acreditaran esa presunta pertenencia a banda organizada, la jueza impuso a Alfon la prolongación de su prisión preventiva.
- El 1 de diciembre la jueza solicitó a la policía un informe sobre los grupos a los que pertenecía el detenido. La entrega del informe se fue retrasando. Llegó la Navidad, el informe policial seguía sin aparecer pero Alfon continuaba en prisión
- No hay pruebas contra Alfon, no hay huellas suyas en la bolsa con explosivos que le atribuyen, esto era insostenible
- El auto judicial no explica en qué ha cambiado la situación para que pasara de estar detenido en régimen FIES-5 a poder volver a su casa con los suyos. (y esto, si realmente es un hijodeputa, es un puto peligro ya que gracias a la incompetencia de quienes tengan que redactar ese informe un indeseable podría estar en la calle)
#35#37 Se me había olvidado lo de destrucción de pruebas. Gracias!
Aunque lo que sabía sobre preventivas es lo que recuerdo de cuando trabajé en la justicia de Argentina hace unos 20 años atrás, me imaginaba que los criterios serían muy similares, ya que el sistema argentino es muy parecido al español.
#65"Revisa tus fuentes y mira que es el riesgo de fuga. Simplemente no comparecer cuando se le llame" ¿Como el marido de la Delegada del Gobierno en Madrid?
¿Pero qué argumentos quires que te de? Ryanair lleva AÑOS acumulando 'argumentos' de sobra. ¿Me das tú argumentos sobre las condiciones lavorales en Ryanair? No, claro que no
#84 Bueno es que de echo, si es verdad que fue cuando era menor de edad, a efectos legales no tenía antecedentes. Ahí precisamente no estarían mintiendo.
#86 Eso, mejor tu sigue en tu burbuja y cierra los ojos ante la realidad. Seguro que tienes como ídolo a alguien como Amancio Ortega. Deja de hablar de temas de los que no tengas ni idea. Hace falta un Gulag.
#84 Te lo repito, sé perfectamente por qué se le ha acusado. No tengo que leer eso, conozco bastante bien el caso.
¿Se han encontrado pruebas que demuestren que él fue el que dio la orden para atentar contra esa ETT? No se han encontrado pruebas, ¿verdad? entonces, ¿por qué ha sido condenado? Porque alguien lo acusó a él, y aunque no haya pruebas, lo han condenado, como tú dices.
Tú dices que es un terrorista por algo que no se ha podido demostrar. Yo digo que es un preso político por eso precisamente. Porque no hay nada sólido que demuestre que él es culpable, y sin embargo está en prisión, por su ideología.
Sigue con tu caza de brujas.
#67 " habría que ver el auto de la jueza para enviarle a prisión preventiva, pero supongo que fuera o bien por el tema de la alarma social (en mi humilde opinión creo que no hubo tal alarma) " Parece ser que la alarma social, como tal no existe o fue eliminada como argumento para la prisión preventiva. La jueza argumentó alarma social y como no se ajustaba a derecho lo cambiaron por "riesgo de fuga". Suena a "pa dentro como sea... "
#68 " a hermana reconoció que tenia antecedentes (aunque eso estaba claro). " Pues tan claro no debe estar cuando los antecedentes (según su abogado ) son De cuando era menor de edad,es decir, que deberían de haberse borrado de su historial y un periodistas no debería de tener acceso a esa info. de echo esa info no debería de existir(siempre según el abogado aunque no he podido encontrar el artículo que lo corrobora )
#65 Dices que si fuese alguien de derechas estaríamos discutiendo porque no sigue preso.... ¿te refieres a Carromero? a no que este todavía tiene tres días de estar dentro, aunque muriera gente de por medio y fuera condenado por ello, y encima sigue cobrando de un puesto público..
#22 y lo meterlo dentro por alarma social??? y después se cambia a riesgo de fuga.. si lo que pretendía es un acto terrorista (era una bomba, más o menos grande, se suponía que era una bomba) y se le retiene por alarma social o por riesgo de fuga??? no se chico, así de pronto sin conocer mucho el mundo judicial no me cuadra demasiado en este país. Chico no es la primera vez que la policía inculpa lo que le parece bien a quien pilla por medio...si miras las hemerotecas tenemos demasiados casos de esos como para no sospechar.
En cuanto a Urdangarín, ya que hacías saltar esa liebre, te digo como decía mi padre, "igualito tu familia que la mía"
#68 "Supuestamente" ordenó a los GRAPO atentar contra una ETT en el 98. ¿Han podido demostrar algo con pruebas? Y aunque lo hubiera hecho, ¿17 años por reventar unas paredes? ¿Cuántos casos de homicidios se ven sin que los culpables pisen la cárcel? Pero claro, este es comunista, y por eso es un terrorista, asesino y tiene que tirarse toda la vida en la cárcel.
Infórmate un poquito y contrasta la información. No todo lo que sale en la tele es verdad, majete.
#35 Un preso político de España? No sé si te lo habrán dicho ya, es que no he podido contestarte antes. Pero un ejemplo de los que más nombre tiene: Manuel Pérez Martínez, más conocido como Camarada Arenas. Secretario del PCE.
Vas de listo y no tienes ni puta idea.
#54 Riesgo de fuga es cuando existe la posibilidad de que el acusado desaparezca del país sin dejar ni rastro, como por ejemplo podrían hacer Jaume Matas, Francisco Camps, Felix Millet, o Iñaki Urdangarín, no un chaval de 21 años que seguramente viva en casa de sus padres.
#52 Pues eso que te traes de la wikipedia deja más que claro no cumplía ninguno de los requisitos para pasar al FIES 5.
#54 Que dicen por ahí que eres nuevo... pues te cuento: lo de tachar de inculto a quien discrepa en Menéame está más que visto. Hay que innovar un poco.
Entonces, tú que eres tan culto, qué dices, ¿que en España los asesinos no pasan a prisión preventiva en cuanto se tiene el menor indicio de su culpabilidad?
Lo último que iba a hacer un juez en este país (y en cualquier otro) es dejar libre a un tío con ganas y capacidad de poner una bomba. Eso sí que causaría alarma social.
Pero fíjate, nadie se ha quejado todavía de que un peligroso delincuente ande suelto. Y mira que a la gente le encanta quejarse de eso.
Si este chico anda suelto es porque no tienen nada para acusarle de lo que le acusan. Me estoy acordando del 'Cuco' o del padre de los niños de Córdoba, que estando toda España con la policía, convencida de que eran culpables, no pudieron pasar a preventiva por falta de pruebas. Pues este caso es igual. Dos meses después de detenerle la policía no tiene nada contra este chaval. Y al juez no le queda otra que soltarle. Porque riesgo de fuga hay, y de que siga delinquiendo y fabricando bombas caseras hay. Lo que no hay son pruebas ni indicios de que sea culpable de delitos castigados con cárcel.
¡¡ ALFON LIBERTAD !!
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