#87 No sé nada de ti ni de tu vida, y no sé si superarías un psicotécnico, pero sí sé que no superarías un simple test de ortografía, teniendo en cuenta las constantes faltas de ortografía; como también sé que no lo superarían la mayoría de los políticos a los que votas. En fin, es el nivel cultural medio del votante de derechas.
La "paguita" ya la tengo, y bien merecidamente por haber aprobado una oposición.
Anda y búscate un profesor de secundaria...
#32 La de cosas que descubrirían si ahora investigan a los familiares de esos jueces que tanto retrasaron el juicio... no me extrañaría que unos cuantos tuvieran un buen cargo en alguna de esas empresas o de sus filiales.
#31 ¿Claro que sí, guapi! Es mucho mejor que la Sala segunda tome partido. Esperando a ver lo mucho que criticas lo de "controlamos la sala segunda por detrás".
En cuanto a lo de que la fiscalía debe perseguir delitos, eso es lo que ocurre cuando tu conocimiento jurídico se basa en ver un episodio de Ally McBeal, leer una editorial de OkDiario y buscar en Google "fiscalía". La fiscalía debe velar por la legalidad, y si considera que unos hechos no son constitutivos de delito (especialmente si tiene un informe de la "malvada y comunista UCO" que así lo dice) lo normal es que pida el archivo. No me quiero ni imaginar lo que le pasaría a un juez si hace una investigación prospectiva a alguno de los que tú votas (aparte de encontrar cientos de delitos)... bueno, me lo puedo imaginar: Garzón es un buen ejemplo de ello.
Por lo demás tu comentario es totalmente neutral, de extremo centro diría yo, ni de izquierdas de ni derechas...
Y te tienes que reír porque ni siquiera consideran que su conducta haya sido constitutiva de un delito grave. "Desvía" más de doce millones de euros y solo piden cinco años de prisión e inhabilitación, y luego "vuelta al tajo". Y eso suponiendo que sea condenada a cinco años y no acabe con una condena inferior a dos años y se la suspendan...
#25 ¡Claro que sí, guapi! Como tampoco se habría perdido el agua radiactiva con el que refrigeraron el reactor de Fukushima, incluso aunque no la hubieran devuelto al mar... total, en unos cuantos cientos o miles de años dejaría de ser radiactiva. También podemos destinar todo el agua a regar árboles frutales, porque al final todo el agua volverá al medio al evaporarse o en tus heces.
#10 Como tampoco se puede responsabilizar a Espe Aguirre de lo del metro en San Fernando. ¡Hay que buscar al que manejaba la tuneladora! Menos mal que la Comunidad de Madrid no está gobernada por el PSOE, porque en ese caso, por los mismos hechos, no solo tendríamos a la panda de apesebrados peperos que pulula por aquí y de la que te rodeas, sino también al TS juzgando a Perro Xanxe por terrorismo.
#10 Hombre, la mala calidad de los materiales empleados es directamente proporcional a los sobresueldos en sobres que se han metido ella y su novio testaferro por esas mismas obras. Si eso te parece poca responsabilidad...
#14 Va ser muy difícil explicarte la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas cuando no eres capaz de tildar correctamente un "qué". Eso sí, estás en la media del nivel cultural y ortográfico del neoliberal mediocre de turno cuyo conocimiento de economía se limita a ver cuatro vídeos del Lobezno andorrano.
#82 Si el contrato se renueva automáticamente sin necesidad de notificación alguna, y encima se da la circunstancia de que se sube la renta en el máximo de lo permitido por la ley, está claro que no hay diferencia alguna con un contrato de arrendamiento de vivienda habitual... vamos, que es un fraude de ley como la copa de un pino que intenta permitir que en el momento en el que el arrendador quiera, pueda echar al inquilino (o subirle el precio en lo que le salga de las narices). Así que efectivamente, renovar un contrato de temporada no implica que no lo sea, pero la forma en que se renueva sí puede dar lugar a que no lo sea.
#67 Pero es que la habitualidad en la residencia, igual que en este caso ha jugado en beneficio de la arrendataria, también puede jugar en su contra si el arrendador consigue demostrar que no es su vivienda habitual. En ese caso daría igual que se hubiera firmado un arrendamiento de vivienda. En fin, no quiero meterme en negocios ajenos, supongo que vuestros motivos habréis tenido. Al final en el ámbito del Derecho civil si las dos partes están de acuerdo y contentas no hay problema, diga lo que diga la ley.
#63 Lo digo porque es probablemente lo que haya ocurrido en el caso de esta señora de Barcelona: que al finalizar la "temporada" el arrendador, viendo que podía obtener una renta más alta alquilándola al precio de mercado actual que al que resultaría de aplicarle una subida de un 2% a la renta vigente, y negándose ella a pasar por el aro de la subida pretendida, haya tratado de desahuciarla para ponerla de nuevo en el mercado de alquiler.
#63 Pues entonces no hay ningún problema. El único problema es que de repente pretendieras subirle la renta por encima de lo que legalmente permite la LAU, o pretendieras echarle antes de que transcurran cinco años (siete en el caso de que lo hayas alquilado como persona jurídica), y él adujera que se ha estado prorrogando y probara que es su vivienda habitual. De cualquier forma, no entiendo el motivo por el que no firmó un contrato de arrendamiento de vivienda, ya que el período de duración máxima únicamente vincula al arrendador (el arrendatario puede irse antes de tiempo cumpliendo una serie de requisitos relativos a la notificación y al pago de ciertas cantidades).
#59 ¿Sabes qué ocurre? Que si al finalizar ese año el arrendador hubiera optado por no prorrogar el contrato y ella se hubiera negado, muy probablemente habría ganado el juicio y ella habría tenido que marcharse. Pero desde el momento en que el arrendador prorroga inmediatamente el contrato, probablemente subiéndole la renta por el máximo permitido por la ley, está dejando claro que no se trata de un arrendamiento de temporada, por mucho que lo haya llamado así, sino que simplemente se había intentado cubrir las espaldas para eludir la aplicación de la LAU y tener más "libertaz" para poder subir la renta en la cantidad que le diera la gana, especialmente ahora, tal y como están los precios de los arrendamientos. Así que solo puedo decir que se trata de una aplicación IMPECABLE del art. 6 del Código Civil y de la LAU.
#56 Lo mejor en esos casos es firmar un nuevo contrato, independiente del anterior, cada vez que quieras "renovar" ese contrato de temporada. Y por supuesto siempre comprobando que el inquilino está realmente de temporada.
#44 Pues es lo que tiene tratar la vivienda como un negocio o contrato, que tiene sus riesgos. Y en este caso el riesgo es que si el arrendador no se asegura de la condición del inquilino, tanto económica como de temporalidad, y arrienda su piso "con los ojos cerrados" al primero que pasa, pues debe sufrir las consecuencias de su falta de diligencia. Lo mismo que si un banco le presta dinero a alguien que ya es insolvente.
#4 ¡Claro que no te parece justo, guapi! Mucho mejor que sea el arrendador el que "justifique" la temporalidad DEL INQUILINO, ¿verdad? Así podrían elegir en cualquier caso si aplicar o no la LAU (cosa que, por supuesto, no haría ninguno). Y lo próximo, por supuesto, será dejar que sea el empresario el que justifique la situación de baja laboral del trabajador, pasándose por el foro lo que diga el médico
#19 Pues que sepas que has firmado un contrato claramente fraudulento. Si ese inquilino comienza o utiliza esa vivienda como su morada habitual, puede hacerte lo mismo que la señora de la que habla la noticia. Y no te salvarían los 11 meses de duración (especialmente si has incluido una cláusula de renovación, en la que me imagino que habrás incluido, a su vez, la subida de la renta teniendo en cuenta la del período anterior, lo cual te dejaría ya completamente vendido).
Ah, y eso de que el funcionario te lo ha pasado no tiene valor alguno ante un juez, ya que el funcionario realiza un trámite puramente formal, de registro, y no va a entrar en averiguar fehacientemente si el inquilino utiliza o no la vivienda como morada o vivienda habitual.
#35 No, no es cómplice de ninguna estafa, porque esa figura jurídica no se aplica aquí. Pero deberías saber que, aunque así fuera, es jurisprudencia consolidada del TS que en los delitos de estafa, en los que muchas veces la parte estafada a su vez actúa con cierto ánimo doloso de aprovecharse de la parte estafadora (suele ser el gancho para la estafa), es inimputable por tal delito (precisamente porque el delito se establece para proteger a dicha parte).
Lo único que el juez ha tenido en cuenta en la sentencia (y ha hecho bien) es si el contrato intentaba defraudar la LAU, cosa que queda claro desde el mismo momento en que lo ha renovado durante cuatro años.
#2 La cuestión no radica en si la señora fue obligada o no a firmar el contrato, sino en que el arrendador intentó eludir la ley fraudulentamente. Es irrelevante que la señora haya actuado con o sin conocimiento de la ley, porque el que la estaba incumpliendo era el arrendador, y el art. 6 del Código Civil establece claramente las consecuencias de tales actos.
#63 Claro, mucho mejor la gente que vota con la razón, la que no es "ni de derechas ni de izquierdas", como está claro que es tu caso. Vamos, el típico fachita pobre promedio que luego vota a Alvises.
#61 En cualquier caso, mucho me temo que si aplicásemos esa filosofía china a la que haces referencia, no te quedaría nadie del Partido Popular al que votar
La "paguita" ya la tengo, y bien merecidamente por haber aprobado una oposición.
Anda y búscate un profesor de secundaria...