1. Buena pregunta. 2. Depende de las diferentes concepciones de realidad de las que puedes partir 3. No hay nada que demuestre que puede existir el libre albedrío, el determinismo es una característica general. Últimamente se plantea la posibilidad de una realidad subcuántica no determinista, pero de eso no entiendo, en todo caso, no significa tampoco que exista la elección más allá de un concepto humanista. 4. Según mi cura si, según yo no. 5. Cuando me muera os lo contesto y cerramos este debate. 6. No, pues siempre habrá algún filósofo de la epistemología que encontrará la forma de contradecirte. Yo defendería que la subjetividad es objetivamente subjetiva. 7. Libertinaje desenfrenado. 8. Símbolos del lenguaje matemático.
La última vez que fuí de compras, hará unos meses, pude comprobar el horror, habían vuelto los 90. Según mis cálculos, en breves los jóvenes volverán a llevar treinta pares de calcetines debajo de las lenguetas.
#30 Yo también entiendo que la normativa es suficientemente clara (salvo por la excepción final, que pudiera dejar lugar a diferentes interpretaciones)El problema es que los jueces, a la hora de interpretarla, establecen límites arbitrarios sobre que o quien tiene derecho a sacar fotos. Así que las denuncias por faltas o delitos de coacción ante la intervención de la cámara o artefacto, en los casos que os envío, fallan a favor del policía. También he leído algo sobre un caso contrario, donde el fotógrafo era periodista trabajando y se le dió la razón.
Yo tampoco estoy de acuerdo con que te intervengan la cámara cuando estás sacando fotos por que el policía pueda sospechar que estás sacándole fotografías con fines difamatorios o que pongan en peligro su seguridad; en estos casos, el policía está prácticamente juzgando un pre-crimen y en los casos que os pongo, fallan a su favor.
Por lo tanto no sería raro que en el caso de la noticia pudieran condenar al detenido, más aún, cuando ya ha publicado las fotografías.
#16 Entiendo que esa puede ser una opción, declarar que las fotografías van a ir destinadas a un medio sin necesidad de ser profesional, bien sea microstock o la sección de envíos de fotos de algunos periódicos. La cuestión es que, en base a lo que conozco, no existe una distinción entre profesional y no profesional que indique "quien puede sacar fotos de caracter informativo", por lo que el juez, establece de forma arbitraria si se cumplen o no las excepciones. Os dejo una sentencia que le da la razón al policía sobre la incautación de la cámara de un ciudadano. tinyurl.com/c5ugygl
Así que en este caso, si el juez que dirija el caso le apetece joderle, me parece que lo tiene fácil con solo tirar de jurisprudencia (lo que no se es si las audiencias provinciales generan jurisprudencia, y desconozco otros casos) o declarar que la publicación de dichas fotografías se han utilizado con caracter difamatorio o son un peligro para la seguridad del fotografiado.
En efecto, hay sentencias que se basan en el último párrafo expuesto por #10, a parte de que, en los casos que he visto, el juez no aplica las excepciónes, con la justificación de que no han sido realizadas por un profesional o medio informativo, por lo que carecen de "valor informativo". Por mucho que me pese. www.ojodigital.com/foro/general/343931-sentencia-audiencia-provincial-
La custodia compartida, cuando se dan las circunstancias necesarias, suele ser la mejor resolución para ambas partes. Ojalá se amplie su prioridad a otras comunidades.