#49 ... no aplica en el caso de la CNT. Si no existe representación unitaria (en un comité) del sindicato no existe la "protección" de delegados. Sólo se "contemplan" los derechos básicos de la LOLS: celebrar reuniones, recaudar cuotas, distribuir y recibir información sindical.
Lo que podría alegarse es persecución o discriminación sindical ya que, teniendo en cuenta que probablemente CNT comunicó a la empresa que la persona era delegada y por lo tanto la empresa era conocedora de su afiliación, un juez fallará a favor. No es el primer caso, de hecho un "truco" ante EREs que usan algunos sindicatos es enviar burofax con sus afiliados a la empresa para que no destruyan secciones enteras.
#50 En los "mayoritarios" (ccoo y ugt) se da muchísimas veces el caso: me presento para salvar el culo. Sus subvenciones dependen del número de delegados así que les da igual quien entra... y así nos va.
#41ya que los comités de empresa no son más que un órgano que maneja la empresa mediante prebendas a los delegados de dichos comités, como puede ser el uso fraudulento de horas sindicales y ventajas laborales varias
Demasiado general, ¿no? Yo fui delegado en un comité 2 años y ni un café me pagó la empresa... de hecho llevo con el sueldo congelado desde hace 6 años gracias a ello.
Por lo que yo conozco depende de la empresa y del sindicato (son más fácilmente corruptibles ccoo, ugt y uso que cgt y solidaridad obrera, por ejemplo, que suelen meterse en estos fregados por ideales y no por salvar el culo).
#18#19#27#30 A ver, los delegados sindicales son simplemente los representantes de una "sección sindical", es decir, los que representan a un sindicato en una empresa determinada. Por tanto todos los sindicatos que hay en una empresa - se presenten o no a elecciones sindicales- tienen un delegado sindical. Lo que se elige en las elecciones sindicales son "delegados de personal" (en empresas de 10 a 49 trabajadores) o representantes en el comité de empresa (empresas a partir de 50 trabajadores). Por lo tanto CNT - aunque no se presente a las elecciones sindicales- tiene delegados sindicales y "Los delegados sindicales que no sean simultáneamente representantes unitarios gozan de las mismas garantías que éstos" (art. 10.3 L.O.L.S.)
Lo que podría alegarse es persecución o discriminación sindical ya que, teniendo en cuenta que probablemente CNT comunicó a la empresa que la persona era delegada y por lo tanto la empresa era conocedora de su afiliación, un juez fallará a favor. No es el primer caso, de hecho un "truco" ante EREs que usan algunos sindicatos es enviar burofax con sus afiliados a la empresa para que no destruyan secciones enteras.
#50 En los "mayoritarios" (ccoo y ugt) se da muchísimas veces el caso: me presento para salvar el culo. Sus subvenciones dependen del número de delegados así que les da igual quien entra... y así nos va.
#41 ya que los comités de empresa no son más que un órgano que maneja la empresa mediante prebendas a los delegados de dichos comités, como puede ser el uso fraudulento de horas sindicales y ventajas laborales varias
Demasiado general, ¿no? Yo fui delegado en un comité 2 años y ni un café me pagó la empresa... de hecho llevo con el sueldo congelado desde hace 6 años gracias a ello.
Por lo que yo conozco depende de la empresa y del sindicato (son más fácilmente corruptibles ccoo, ugt y uso que cgt y solidaridad obrera, por ejemplo, que suelen meterse en estos fregados por ideales y no por salvar el culo).