#402 De acuerdo en todo excepto en que no hay delito de violación en el código penal. Es una modalidad agravada de la agresión sexual, articulo 179. Si no recuerdo mal lo introdujeron en una de las dos últimas reformas del Código Penal 2003, cosa que considero... Desafortunada, pero ni de lejos merecedora de la mierda que está tirándose.
#125 Eso es lo que pasa cuando no tienes ni idea de derecho y crees que el delito de violación (en sentido jurídico) únicamente juzga la penetración sin consentimiento y no todo un conjunto de otros crimenes accesorios tales como lesiones, amenazas y demás que se ven subsumidos en el tipo por concurso ideal.
#86 No puedo hablar por este abogado concreto y desconozco los entresijos secretos del caso, pero te puedo decir que como abogado no me extraña más allá de un ligero levantamiento de ceja.
#74 El detalle que te falta es que cuando el Código Penal dice "con intimidación" no se refiere a si la víctima se ha sentido intimidada o no, que como bien dices se recoge en la sentencia y no creo que nadie discuta; se refiere a si ha habido intención intimidatoria por parte del acusado. Este punto es mucho más dificil de probar porque al no haber verbalización ni agresión física (aparte de la violación en si...) hay que irse a suposiciones sobre si los acusados eran conscientes de su propia proyección de imagen, su superioridad numerica... Algo históricamente muy dificil de probar por la remarcable falta de introspección de individuos con bajo CI que suele ser los que acaban en un tribunal.
#72 También también. Pero abogados en una misma ciudad igual hay 200, suficiente para saber quien es quien. Clientes en cambio... Baste decir que no te puedes hacer una idea de la cantidad de enfermedades mentales que hay en la sociedad hasta que te metes a abogado y viene gente a contarte sus "problemas". Ej: Una señora furiosa (y con esto me refiero a que explicaba la historia pegando gritos) porque le habia vendido a su hermana su mitad de la casa que ambas habian heredado de su madre, y ahora la hermana no le dejaba pasearse por allí como pedro por su casa. No entendia el concepto de compra-venta. Quería demandar a su hermana por vetarle la entrada a "su casa". De esos tenemos cada dia.
Sobre la explicación de porque pueden haberse "olvidado" de solicitar condena por el video... Pueden ser mil cosas, no soy penalista pero supongo que la mas sencilla es la correcta: No había forma de probar que no se había consentido la grabación, porque la victima debe mirar a la camara en ellos más de una vez sin expresar en ningún momento que no estuviera de acuerdo con ello. Por tanto intentar tirar por ahí era un berenjenal incluso más complicado que el propio delito de abuso/agresión en si.
#50 A ver, 'jo mio, explicame como es posible que os agarreis tanto a los hechos probados que expone el tribunal, pero os parezca totalmente irracional la conclusión que aplica.
Me da a mi que tiene que ver con leerse la parte de la sentencia que interesa, y los razonamientos jurídicos luego ya tal.
#532 Es una posición respetable, y creo que los jueces podrian haber tirado por ahí si se hubieran querido mojar (arriesgandose a que un recurso de apelación les tumbe la sentencia).
Lo que no es de recibo es tacharles de canallas e incompetentes por no compartir esa opinión.
#234 Terrible. Pero el motivo de que la sentencia sea tan sumamente larga es precisamente que poner 4 lineas subrayadas con fosforito en 4 paginas no sirve para explicar todo el caso y el razonamiento de los jueces. Si fuera así la sentencia tendria justamente 4 paginas.
Pero mientras tu "dudas que no hubiera dolo", un juez duda de si puede considerarse impepinable que sí lo hubiera. Porque la diferencia entre una cosa y otra son más de 50 años de prisión sobre su conciencia. Y ante la "duda", tira por lo seguro, como debería hacer siempre.
¿Es un sistema perfecto? Ni de lejos. Pero es el menos malo. Y quien piense lo contrario para mi siempre será un gilipollas que se merece la mierda de país en el que vivimos.
#24 Por eso me hace tantísima gracia lo de "Yo si te creo". Ah pero... Es que hay alguien que no se la cree? Si la sentencia se basa a pies juntillas en lo que dice la víctima. Y la vícitma dice que en ningún momento dijo no. Y como no es ni un NO, ni es un SI, abuso sexual.
Lo demás son pajas mentales de los ofendiditos de siempre.
#501 La intimidación requiere voluntad intimidatoria, no solo que la persona víctima se haya sentido intimidada. Ser hombre y ser un "tio fuerte" no es punible, por ahora. Tiempo al tiempo.
#316 En otras palabras "Igual que toda esta gente que ha salido a la calle, no tenemos ni puta idea de las definiciones jurídicas de los términos usados, pero nos suena muy mal que no se hable de violación, y por tanto todo es una mierda".
Es el equivalente a que yo denunciara a mi mecánico por decirme que la bomba de aire se ha roto, y resulta que mi padre murió en un atentado y eso me ofende mucho, por tanto a la puta cárcel.
#357 He dicho gañanes que sueltan mierda sobre el sistema jurídico sin tener ni puta idea. No que no pueda ser criticada por quien sí que tiene idea, como es el caso de este señor. Si te ciega la rabia hasta el punto de no saber distinguir conceptos tan diferentes es problema tuyo.
Si no recuerdo mallo introdujeron enuna de las dos últimas reformas del Código Penal2003, cosa que considero... Desafortunada, pero ni de lejos merecedora de la mierda que está tirándose.noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t8.html