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Celso Rodríguez, presidente del tribunal superior de justicia de Madrid habla de que pasa si no guardamos cuarentena [16]

  1. Lo único que este jurista está diciendo es que medidas excepcionales requieren estados excepcionales. Una situación donde la materialidad pueda requerir restringir derechos y libertades básicas temporalmente, no puede aparecer en la ordenación jurídica normalizada. Por eso mismo existe los estados excepcionales, como el estado de alarma, porque permiten tomar medidas que en una situación normal no se pueden tomar.

    Y aquí estamos siendo testigos de una paradoja curiosa: por no declarar un "estado de alarma" (eso que se demonizó tanto hace unos meses desde algunos sectores) estamos comenzando a ver iniciativas y acciones que pretenden normalizar lo que solo un estado excepcional y temporal puede hacer ahora. Muchos no quieren ver restringidos sus "derechos y libertades" bajo un estado de alarma, y al final lo que van a conseguir es normalizar algunas de esas medidas que justamente restringen esos derechos y libertades. Un error, convertir lo excepcional en norma, porque es justo la posibilidad de excepcionalidad la que nos protege de perder esos derechos y libertades...

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