#374que tres chulitos metidos a policía o guardia civil se pongan tontos quiere decir que no tienes libertad para hablar gallego/catalán/vasco/etc en ningún sitio, ¿no? Es que si estos son tus argumentos, yo dejo la discusión...
Me fastidia cuando se sacan las cosas de contexto, pues eso implica cambiarles el sentido.
Lístame las reformas de la constitución española. No espera ya lo hago yo:
====== inicio de la lista =======
======== fin de la lista ========
Y el ejemplo que citas, muy cierto, no sigió el procedimiento legal de "reforma" porque todo el mundo sabe que eso es imposible. Simplemente se lo saltaron.
Le propone a una menor tener relaciones sexuales y lo absuelven, porque no ofreció pagarle.
Si el delito de contratar a una menor para tener sexo con ella es la corrupción de menores y no la inducción a la prostitución, esta sentencia no tiene sentido.
Quiero decir que un cliente de una prostituta no "induce" a nada. En este caso sí, vale, me refiero al caso habitual.
"Que esté prohibido y que te libres, es posible a la vez"
"La comparación es errónea, pues la prostitución es legal"
¡mira mamá, sin negaciones!
Bueno, hasta aquí y no más.
Tengo a varios meneantes "ocultados". Son solo dos clicks.
Todos ellos por el mismo motivo: argumentar sin argumentos reales, subvertir la lógica con interpretaciones variables y ad-hoc, no responder al punto en discusión, pero buscarle tres pies al gato.
Es decir: Usar las palabras en lugar de las ideas. (No lo soporto)
#79 Lo que sí sé, es que cuando han detenido a un cliente de una menor prostituta, con sólo decir que no lo sabía que era menor, han salido sin cargos. Se entiende que era el caso de que tal ignorancia es creible (la chica aparentaba los 18 creiblemente).
Cuando si fuera claramente delito, habiéndose demostrado los hechos, no lo habrían tenido nada facil.
#69 Si, ya me había fijado, pero ese artículo se refiere claramente al proxenetismo.
Si una chica se anuncia como prostituta en un periódico. Llámar a ese anuncio (e ir) se considera inducción?
promoción?
Se favorece el qué?
Se facilita algo?
Se induce a alguien cuando se le dice "hazte prostituta que ganarás pasta".
Se promueve, cuando pagas a un vendedor para que le diga eso.
Se favorece, cuando les pones el transporte.
Se facilita cuando el anuncio lo has puesto tú.
Pero no veo yo al cliente de la prostituta reflejado en ese artículo.
Una chica puede estar totalmente encerrada, eso puede ser. Lo que no puede ser es que esté totalmente encerrada y ejerza la prostitución. La prostitución requiere contacto físico directo con el cliente, lo que viola el encerramiento total.
Ese es el motivo por el que no es creible que existan prostitutas secuestradas. Si el cliente puede encontrarla, la policia más.
Para el resto de lo que dices, lee por ejemplo #40 o #44
Anarquismo - Todo está permitido y si no lo está ya te enterarás.
Capitalismo - Todo lo que no está prohibido está permitido.
Comunismo - Todo lo que no está permitido está prohibido.
Dictadura - Está todo prohibido, pero puedes pedir permiso.
Artículo 181. Redacción según Ley Orgánica 11/1999, de 30 de abril.
1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.
En la prostitución el consentimiento es evidente, luego no aplica.
2. A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre menores de trece años, sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare.
Pero no para mayores de 13 años.
3. La misma pena se impondrá cuando el consentimiento se obtenga prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima.
No es el caso.
Artículo 183. Redacción según Ley Orgánica 11/1999, de 30 de abril.
1. El que, interviniendo engaño, cometiere abuso sexual con persona mayor de trece años y menor de dieciséis, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años, o multa de doce a veinticuatro meses.
No es el caso.
Realmente no hay más. Solo los art. 181, 182 y 183 tratan del abuso a menores.
Luego está lo de la edad legal para trabajar que es de 16 años, que podía aplicarse. Pero a los 16 se es menor.
#49 Hablando estrictamente, no es ilegal ser el tutor de una menor prostituta, a condición de no haber participado en esa decisión de la menor ni haberla ayudado a llevarla a cabo.
#49 No lo tengo claro tampoco en el caso del cliente. Son ilegales las relaciones sexuales no consentidas, pero si el menor puede consentir legalmente (a partir de cierta edad), entonces ya no aplica.
A menos que sepas decirme el porqué es ilegal. Yo no lo sé.
#35muchas de esas enfermedades pasarían a ser consideradas enfermedades profesionales,
Eso es imposible, por el tema del anonimato.
Por favor consideremos los casos reales. Una chica no se mete en la prostitución como profesión permamenente. Se ejerce o bien ocasionalmente o bien durante un periodo corto de su vida. Las chicas lo consideran un "accidente" que luego quieren olvidar.
Mira por donde, eso tiene sentido.