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¿Se puede condenar a un hombre en España solamente con el testimonio de una "víctima"? ¿Invierte la carga de la prueba la ley del "solo sí es sí"?  

El abogado Cristian Monclús nos explica que, debido a que los delitos de carácter sexual suelen ocurrir en la intimidad sin testigos, en España es posible condenar a un hombre con el testimonio de una "víctima" siempre y cuando este cumpla 3 requisitos: persistencia en la incriminación (la víctima no cambie el relato en las declaraciones que realice), credibilidad subjetiva (el estado mental y las motivaciones de la víctima son adecuados) y verosimilitud en el testimonio (lógico y coherente).

| etiquetas: solo sí es sí , derecho

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