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Multa de 40.000€ por felicitar el cumpleaños a un empleado

Puede parecer una broma, ¿verdad? Pues no lo es. Muchas empresas, de forma espontánea o incluso dentro de su política de recursos humanos, felicitan a sus trabajadores el día de su cumpleaños. Una felicitación de palabra, un e-mail, una nota, un pequeño detalle como unas flores o una caja de bombones… pues debes saber que hacerlo es una total temeridad con la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) en la mano. Ten en cuenta que la fecha de nacimiento es un “dato de carácter personal".

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