La instructora da por probado que la denunciante desarrolló labores en el PP y en la Diputación de Ourense, pero no ve "debidamente justificada la perpetración" de los delitos de acoso, cohecho y tráfico de influencias.El sobreseimiento está basado en las declaraciones de los testigos y en que Baltar hijo no tenía formalmente ningún cargo en Ourense cuando sucedieron los hechos..
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