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Dudas sobre el Pacto Antiterrorista o cómo restringe los derechos de los no yihadistas

Antes se definía terrorismo como participación, colaboración o integración en organización terrorista. Esta definición no incluía la figura de los lobos solitarios, por lo que el Código Penal debía recogerlo. Hasta ahí todo lógico. El problema es que la nueva definición lleva a un exceso de celo en la regulación hasta el punto de penalizar conductas limítrofes o caer de lleno en conductas que poco tienen que ver con el terrorismo y mucho con la desobediencia", denuncia la jurista Isabel Elbal.

| etiquetas: dudas , pacto antiterrorista , derechos , ciudadanos , desobediencia

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