El dictamen de la Abogacía del Estado establece que estas compensaciones solo se aprobarían «si el órgano de contratación, a instancia del contratista, hubiera apreciado la imposibilidad de ejecución del contrato». «No existe imposibilidad de ejecutar el contrato -se insiste en el informe- si la autopista o autovía mantienen las condiciones que les permiten seguir abiertas al tráfico de vehículos y este sigue estando legalmente permitido».
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