Todo quedó en papel mojado. La Audiencia de Toledo ordenó su puesta en libertad por vulneración de derechos fundamentales. Un defecto de forma vuelve a echar al traste toda una investigación. Se vulneraron sus derechos contemplados en el art 520 LECrim, los de todos los detenidos. El 520 recoge entre otros que «toda persona detenida o presa será informada por escrito, en un lenguaje sencillo y accesible, en una lengua que comprenda y de forma inmediata, de los hechos que se le atribuyan y las razones motivadoras de su privación de libertad.