Y es que con mascarilla y guantes ocurre una cuestión casi similar a a la de conducir con el abrigo puesto en invierno , o en chanclas y sin camiseta en verano . O incluso conducir con tacones, a maquillarse, comer o sacar el codo por la ventanilla. Y aunque en estos caso, no están prohibidos ni hay una ley que lo dictamine, si un agente de tráfico observa cualquier «acto» que ponga en peligro la seguridad vial o que dificulte la libertad de movimientos, podrá multarte.